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CIRCULAR SB. SG. Nº    0217/2005

Asunción,  8 de julio de 2005

 

Señores
ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO
Presente

De nuestra consideración:

Con relación a una consulta planteada, sobre la aplicación de la Ley N° 861/96 en lo referente al artículo 104°, esta Superintendencia de Bancos manifiesta lo siguiente:

Los Almacenes Generales de Depósitos se encuentran normados por la Resolución N° 14, Acta N° 98 de fecha 02.07.1999 y su modificatoria la Resolución N° 19, Acta N° 13 de fecha 28.01.2000. En ese sentido, el artículo 2° de la Ley N° 861/96, las define como entidades vinculadas o complementarias a las entidades de crédito, por lo que se encuentran comprendidas por el artículo 104° que establece la deducibilidad del Impuesto a la Renta a aquellas entidades que realicen las previsiones conforme a las reglamentaciones establecidas por el Banco Central del Paraguay.

En tal sentido, la Sub Secretaria de Estado de Tributación del Ministerio de Hacienda, en respuesta a la consulta vinculante formulada por este Órgano Supervisor, por Nota SET/CC N° 076/05, de fecha 20.06.05, manifiesta cuanto sigue:

Cabe resaltar la Ley N° 2421/04 que modifica y amplia la Ley N° 125/91, en su artículo 8° inc. g) que dispone:

Artículo 8 Renta Neta - La renta neta se determinará deduciendo de la renta bruta gravada los gastos que sean necesarios para obtenerla y mantener la fuente productora, siempre que represente una erogación real, estén debidamente documentados y sean a precios de mercado, cuando el gasto no constituya un ingreso gravado para el beneficiario. Asimismo se admitirá deducir a), b)… g) Las previsiones y los castigos sobre malos créditos.  El artículo precedentemente mencionado se halla en plena vigencia por el Decreto N° 5069/05.   Independientemente que los Almacenes Generales de Depósito se encuentran bajo la fiscalización de la Superintendencia de Bancos, de conformidad a la normativa tributaria vigente, estas entidades podrán deducir igualmente las previsiones realizadas”.

            Atentamente,

 

RODRIGO ORTIZ FRUTOS

SUPERINTENDENTE DE BANCOS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


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