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CIRCULAR SB.SG. N° 262/99

Asunción, 17 de setiembre de 1999

Señores
ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO
Presente

Conforme al art. 5° de la Resolución N° 14 Acta N° 98 de fecha 2/07/99 del Directorio del Banco Central del Paraguay, tengo a bien comunicarles que los Almacenes Generales de Depósito habilitados para operar en el país, deberán remitir a esta Superintendencia de Bancos dentro de los diez (10) días corridos posteriores al cierre de los meses de marzo, junio, setiembre y diciembre de cada año, la planilla en la cual conste la clasificación de sus créditos, cuyo modelo se adjunta.

El primer informe entrará en vigencia con el cierre del tercer trimestre del presente ejercicio, la que deberá presentarse en carácter de declaración jurada.

Atentamente,

CARLOS JOSE PECCI DIAZ DE BEDOYA

Superintendente de Bancos

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


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