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CIRCULAR
SB.SG. N° 262/99
Asunción,
17 de setiembre de 1999
Señores
ALMACENES
GENERALES DE DEPÓSITO
Presente
Conforme
al art. 5° de la Resolución N° 14 Acta N° 98 de fecha 2/07/99
del Directorio del Banco Central del Paraguay, tengo a bien
comunicarles que los Almacenes Generales de Depósito
habilitados para operar en el país, deberán remitir a esta
Superintendencia de Bancos dentro de los diez (10) días corridos
posteriores al cierre de los meses de marzo, junio, setiembre y
diciembre de cada año, la planilla en la cual conste la
clasificación de sus créditos, cuyo modelo se adjunta.
El
primer informe entrará en vigencia con el cierre del tercer
trimestre del presente ejercicio, la que deberá presentarse en carácter
de declaración jurada.
Atentamente,
CARLOS
JOSE PECCI DIAZ DE BEDOYA
Superintendente
de Bancos
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