B BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY


SUPERINTENDENCIA de BANCOS                 
 

Inicio Indice

Contactenos

   
 
.

Acta N° 13 del 28 de enero de 2000

RESOLUCIÓN N° 19

ALMACENES GENERALES DE DEPOSITOS – REGLAMENTACIÓN DE CONSTITUCIÓN DE PREVISIONES – MODIFICACIÓN AMPLIATORIA

VISTOS: las notas de la Asociación Paraguaya de Almacenes Generales de Depósitos (APAGEN) presentadas en fechas 23 y 30 de setiembre de 1999, en las que solicita prorroga de sesenta (60) días para la aplicación de la Resolución N° 14, Acta N° 98 de fecha 2 de julio de 1999, del Directorio del Banco Central del Paraguay, que reglamenta la constitución de previsiones de los Almacenes Generales de Deposito; los memorandos SB. IAFN.DNP. N°S. 654/99, 723/99 y 743/99 de la División Normas y Procedimientos y SB. IAFN.DCAF. Ns. 394/99 y 452/99 de la División Control y Análisis Financiero dependiente de la Intendencia de Análisis Financiero y Normas de fechas 9 de julio, 5, 24 de agosto, 1 y 13 de octubre de 1999, los memorandos SB. ISE. AG. CC. Y OE. Ns. 0130/99, 171/99, 189/99 y 0191/99 de la División Almacenes, Casas de Cambio y Otras Entidades y el informe SB.DAL. N° 316/99 de la División Asuntos Legales dependientes de la Intendencia de Supervisiones Especiales de fechas 13 de julio, 2 de agosto, 7 de setiembre, 5 y 7 de octubre de 1999; providencias del Intendente de Análisis Financiero y Normas de fechas 31 de agosto, 5 y 18 de octubre de 1999; la nota SB. SG. N° 2056/99 y la providencia del Superintendente de Bancos de fecha 20 de octubre de 1999, la providencia del Presidente de la Institución de fecha 25 de octubre de 1999, y, 

CONSIDERANDO: la necesidad de ampliación de los plazos establecidos para la reposición del capital mínimo exigido por la Resolución N° 141/98 de la Superintendencia de Bancos de fecha 21 de mayo de 1998, posterior a la constitución de previsiones sobre la cuenta de Créditos Diversos de los Almacenes Generales de Depósitos.          

Por tanto, en uso de sus atribuciones,

EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY

RESUELVE:

1°)      Los Almacenes Generales de Depósitos procederán a constituir previsiones en la forma detallada en el artículo 3°) de la Resolución N° 14, Acta N° 98 de fecha 2 de julio de 1999, a partir del 1 de enero de 2000

2°)      Modificar el artículo 6°) de la Resolución N° 14, Acta N° 98 de fecha 2 de julio de 1999, el cual queda redactado como sigue:

"6°} Las previsiones constituidas a partir del año 2000, serán restadas para el cálculo del patrimonio efectivo, el que deberá reponerse al menos hasta el capital exigible de los Almacenes Generales de Depósito, según la Resolución N° 141/98 de la Superintendencia de Bancos del 21 de mayo de 1998, dentro de los siguientes plazos:

          No menos del 50% del faltante, 31 de marzo de 2000.

          No menos del 100% del faltante, al 30 de junio de 2000".

3°)      Estar a lo dispuesto por los demás términos de la Resolución N° 14, Acta N° 98 de fecha 2 de julio de 1999.

4°)      Comunicar a quienes corresponda, publicar y archivar.

.FDO. WASHINGTON ASHWELL. PRESIDENTE

LUIS LEZCANO PASTORE .- JULIO GONZALEZ UGARTE

MARIO PASTORE BAREIRO.- MIEMBROS DEL DIRECTORIO

FATIMA FRANCISCA VAZQUEZ FLEITAS – SECRETARIA DEL DIRECTORIO           

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Federación Rusa y Sargento Mareco - Edificio del Sector Cultural
Teléfono 619 2647
Asunción - Paraguay

BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY