CIRCULAR SB.SG.N° 0010/2001

Asunción, 09 de octubre de 2001

Señores

ENTIDADES DEL SISTEMA FINANCIERO

Ciudad

A fin de establecer procedimientos uniformes y en virtud al artículo 37° "Notificación a la Superintendencia de Bancos, las entidades financieras deberán remitir a la Superintendencia de Bancos toda modificación en la composición de su directorio en el perentorio plazo de 5 días corridos de haberse desarrollado la Asamblea en el cual fueron designados los directores, acompañados de los siguientes datos y documentaciones:

1.    Copia Autenticada del acta en el cual conste la designación de los directores o en su caso copia del poder otorgado por la casa matriz a los apoderados de las sucursales de bancos del país de conformidad al artículo 17° de la Ley N° 861/96.

  1. Nombres y Apellidos (completos)
  2. Numero de Cédula de Identidad
  3. Titulo Académico que posee
  4. Años de experiencia profesional en la entidad y en otras entidades
  5. Antecedentes Policiales
  6. Registro de firmas de las personas autorizadas
  7. Declaración Jurada de no encontrarse incurso en las incompatibilidades establecidas en el artículo 36° de la Ley N° 861/96.

Asimismo, en un plazo no mayor a 40 días corridos deberán remitir:

  1. Certificado expedido por la Dirección de los Registros Públicos, Registros de Quiebras y Convocatoria de Acreedores, en el que conste que los citados directores no hayan sido declarados en quiebra o hayan solicitado convocatoria de Acreedores.
  2. Certificado de no encontrarse en estado de Interdicción
  3. Certificado de Antecedentes Penales, expedido por el Poder Judicial.
  4. Certificado de cumplimiento tributario

En el caso de personas físicas extranjeras, deberán presentar certificados de carácter equivalente a los numerales precedentemente mencionados, extendida por la autoridad gubernativa competente del país donde residen o han residido, con certificación de firmas por el consulado de la República del Paraguay en dicho país, legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores, y traducción de los mismos al idioma español, cuando así corresponda, efectuada por Traductor Público matriculado en la Corte Suprema de Justicia.

Las documentaciones enunciadas en los numerales 6, 9, 10 y 11 de la presente deberán ser presentadas anualmente a la Superintendencia de Bancos, dentro de los quince (15) días corridos del mes de junio de cada año, para su actualización.

Igualmente, deberán remitir dentro del primer mes de cada año calendario datos referentes a la Plana Ejecutiva enunciadas en los numerales 2, 3, 4, 5, 6, y 8. El cambio o modificación de la composición de la plana ejecutiva de las entidades deberán notificarse inmediatamente, con las informaciones señaladas.

Finalmente, quedan sin efecto las siguientes Circulares 69/99, 56/97, 159/97.

Atentamente,

 

CARLOS JOSE PECCI DIAZ DE BEDOYA

 

Superintendente de Bancos

 Organizacion Institucional / Central de Riesgos/ Normativa / Publicaciones / Memorias Anuales / Lista de Entidades

Federación Rusa y Sargento Marecos
Asunción, Paraguay

Fono-Fax 595 21 419 2740
Email:
supban@bcp.gov.py

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