CIRCULAR
SB.SG N° 155
Asunción,
16 de abril de 2004
Señores
ENTIDADES BANCARIAS, FINANCIERAS Y SOCIEDADES DE AHORRO Y PRESTAMO
PARA LA VIVIENDA
La
Superintendencia de Bancos, comunica
que en base al Artículo 1°) numeral 3°) de la Resolución N° 9 Acta 16 de fecha
12 de febrero de 2004 “POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA FORMA DE INTEGRACION DEL
CAPITAL POR LAS ENTIDADES FINANCIERAS” deberán remitir a la Superintendencia de Bancos una
declaración jurada en la cual exponen que han verificado el origen de los
fondos de los aportes realizados por los accionistas, cada vez que vuestra
entidad comunica la integración de acciones.
Para los aportes ya
efectuados en el presente ejercicio las Declaraciones Juradas deben remitirse
dentro del presente mes.
Atentamente,