CIRCULAR SB.SG N° 155

Asunción, 16  de abril de 2004

Señores

ENTIDADES BANCARIAS, FINANCIERAS Y SOCIEDADES DE AHORRO Y PRESTAMO PARA LA VIVIENDA

Presente

 La Superintendencia de Bancos, comunica que en base al Artículo 1°) numeral 3°) de la Resolución N° 9 Acta 16 de fecha 12 de febrero de 2004 “POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA FORMA DE INTEGRACION DEL CAPITAL POR LAS ENTIDADES FINANCIERAS” deberán remitir a la Superintendencia de Bancos una declaración jurada en la cual exponen que han verificado el origen de los fondos de los aportes realizados por los accionistas, cada vez que vuestra entidad comunica la integración de acciones.

Para los aportes ya efectuados en el presente ejercicio las Declaraciones Juradas deben remitirse dentro del presente mes.

Atentamente,

RODRIGO ORTIZ FRUTOS

SUPERINTENDENTE DE BANCOS