ACTA 66 DEL 8 DE
ABRIL DE 1998
RESOLUCIÓN N° 3
CAPITALIZACION DE
LA RESERVA DE REVALUO
VISTOS: el artículo 29° de la Ley N° 861 "General de Banco,
Financieras y Otras Entidades de Crédito" del 24 de junio de 1996; la
Resolución N° 3 Acta N° 204 de fecha 1 de diciembre de 1995; la Ley N° 125/91
"QUE ESTABLECE EL NUEVO REGIMEN TRIBUTARIO"; el Decreto N° 14002 del
Poder Ejecutivo del 23 de junio de 1992 y sus reglamentaciones; los memorandos
SB.IAFN.DNP.N° 201 y SB:UCT:IAFN: N° 15 de la Superintendencia de Bancos de
fechas 27 de febrero y 18 de marzo de 1998; la providencia del Superintendente
de Bancos del 20 de marzo 1998; el memorando N° 249 del Departamento Jurídico
del 26 de marzo de 1998; y,
CONSIDERANDO: que es necesario establecer normas sobre registración contable
para la capitalización de la reserva de revalúo de las entidades financieras.
Por tanto, en uso de las atribuciones establecidas en la Ley N°
861/96; la Ley 489 "Orgánica del Banco Central del Paraguay" del 29
de junio de 1995,
EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY
RESUELVE
1°) Las reservas del revalúo de
activos no monetarios (bienes de uso) calculados conforme a la Ley N° 125/91, y
sus reglamentaciones pertinentes, podrán ser capitalizadas por los bancos, financieras
y otras entidades de crédito, previa autorización de la Superintendencia de
Bancos.
2°) No procederá la capitalización de las reservas provenientes
del revalúo de aquellos bienes que no hayan permanecido – como mínimo- por tres
(3) años en el activo de la institución financiera respectiva.
3°) La capitalización mencionada precedentemente no será
considerada para la determinación del capital mínimo en efectivo exigido por la
Ley N° 861 "General de Bancos, Financieras y Otras Entidades de
Crédito" del 24 de junio de 1996.
4) Las reservas a que se hacen referencia en el artículo 1°) de
la presente Resolución, deben ser registradas bajo la cuenta "CAPITAL
SECUNDARIO" conforme al Plan y Manual de Cuentas vigente.
5) Comunicar a quienes corresponda, publicar y archivar.
FDO:
HERMES ANIBAL GOMEZ GINARD – PRESIDENTE
DIONISIO CORONEL BENITEZ – ALVARO CABALLERO CARRIZOSA
JORGE GULINO FERRARI. MIEMBROS
LUIS E. BRUN ZUCOLILLO. SECRETARIO INTERINO DEL DIRECTORIO
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