CIRCULAR SB.SG.N° 00433/2002
Asunción, 21 de
noviembre de 2002
Señores
BANCOS Y EMPRESAS FINANCIERAS DEL PAÍS
Ciudad
De mi consideración.
En prosecución a lo que fuera requerido en la Circular SB.SG.N° 0188 de fecha 8 de julio
del corriente año, se reitera y aclara que la información solicitada radica en
lo siguiente:
a) certificación de los saldos activos
que mantienen en el exterior, tanto en
Casa Matriz como en Corresponsales, Bancos del Exterior o bajo cualquier
otra figura y en todas sus modalidades (a la vista, a plazo, cuenta corriente,
etc.);
b) confirmación que dichos saldos se encuentran a vuestra libre
disposición, sin restricción alguna.
A ese efecto, la documentación respaldatoria aceptada por éste
órgano supervisor consiste en el SWIFT
que la institución financiera del exterior remitirá a la Gerencia de Operaciones
Internacionales del BANCO
CENTRAL DEL PARAGUAY a la dirección “bcpapypx”
y a la atención de la SUPERINTENDENCIA
DE BANCOS, enfatizando lo señalado en el literal b).
Adicionalmente, el Presidente de la entidad financiera
conjuntamente con un Director, certificarán a través de una nota los saldos
mantenidos en el exterior y su libre disponibilidad.
Los Bancos y las Empresas Financieras afectadas deben
dar cumplimiento estricto a la presente norma enviando lo correspondiente al
presente ejercicio con carácter mensual (al
30.11.02 y 31.12.02). A partir del
ejercicio 2003, la información debe ser cursada trimestralmente.
La inobservancia de lo dispuesto en esta norma las hará pasibles
de las sanciones previstas en la Ley N°
489/95 "Orgánica del Banco Central
del Paraguay".
Atentamente,
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ANGEL GABRIEL GONZÁLEZ CÁCERES |
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Superintendente de Bancos |
Normativa / Publicaciones/ Lista de
Entidades
Federación
Rusa y Sargento Marecos
Asunción, Paraguay
Fono-Fax 595 21 419 2740
Email: supban@bcp.gov.py