Acta N° 87 de fecha 17 de noviembre de 2003
RESOLUCIÓN N° 4
RESOLUCIÓN N° 1, ACTA N° 192 DE FECHA 6 DE OCTUBRE DE 1997 DEL
DIRECTORIO DE LA INSTITUCIÓN – MODIFICACIÓN.-
VISTO: la Ley N° 489/95 “Orgánica del Banco
Central del Paraguay”; la Ley N° 861/96 “General de Bancos, Financieras y Otras
Entidades de Crédito”; la providencia SB.DAL. N° 654/2002 de la División de
Asuntos Legales de fecha 16 de julio de 2002; el memorando de la Asesoría de la
Superintendencia de Bancos de fecha 23 de julio de 2002; el memorándum
SB.IAFN.DNP. N° 323/02 y la providencia de la Intendencia de Análisis
Financiero y Normas de fechas 23 y 26 de setiembre de 2002; la providencia del
Superintendente de Bancos de fecha 30 de setiembre de 2002; la providencia del
Presidente Interino de la Institución de fecha 1 de octubre de 2002; el memorando
SD.SI.N° 779/2002 de la Secretaría del Directorio de fecha 17 de octubre de
2002; el memorándum N° 1033 del Departamento Jurídico de fecha 21 de octubre de
2002; y,
CONSIDERANDO: la necesidad de establecer mecanismos que
prevean situaciones excepcionales con el objeto de proteger la infraestructura
de las entidades financieras, motivo por el cual se requiere ampliar la
atribución que le fuera otorgada a la Superintendencia de Bancos.
Por tanto, en uso de sus atribuciones,
EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY
R E S U E L V E :
1º) Modificar
el artículo 3° de la Resolución
N° 1, Acta N° 192 de fecha 6 de octubre de 1997 del Directorio de la
Institución, el cual queda redactado en los siguientes términos:
“3°) Autorizar a la
Superintendencia de Bancos a resolver las solicitudes para habilitar,
clausurar, cerrar temporalmente, trasladar oficina principal, sucursal, agencia
y cajas auxiliares en el país o en el exterior, de las entidades financieras
que se encuentran habilitadas a operar en el país. A efectos del cierre
temporal y excepcionalmente, la Superintendencia de Bancos resolverá caso por
caso las solicitudes presentadas sobre la base de motivos que justifiquen
plenamente la determinación adoptada”.
2°) Estar a lo dispuesto
por los demás términos de la Resolución N° 1, Acta N° 192 de fecha 6 de octubre
de 1997 del Directorio de la Institución.
3°) Comunicar a quienes corresponda y archivar.
FDO: LUIS LEZCANO PASTORE – RAUL AYALA DIARTE
LUIS AURELIO CECCO CACERES – SECRETARIO INTERINO DEL DIRECTORIO