Acta N° 55 de fecha 19 de marzo de 1997
RESOLUCION N° 1
CAMARA COMPENSADORA
VISTOS: la Resolución N° 7 Acta N° 53 de fecha 17 de marzo de 1997, por la que se prohibe el sobregiro en cuentas corrientes de las Entidades Financieras en el Banco Central del Paraguay; la nota GCF. N° 68 de la Gerencia de Contabilidad y Finanzas del 19 de marzo de 1997; el memorando C.C.N° 24 de la Cámara Compensadora del 19 de marzo de 1997; el memorando DRIO. HEC.SP.N° 51 del Doctor HUGO ELIGIO CABALLERO ORTIZ, Presidente Interino de la Institución; y ,
CONSIDERANDO: que es necesario reglamentar las condiciones financieras para la regularización de los saldos deudores vigentes a la fecha de la citada Resolución.
Por tanto, en uso de sus atribuciones
EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY
RESUELVE
:1°) Disponer la aplicación de una tasa de interés del quince por ciento (15%) anual sobre el saldo deudor en la cuenta corriente de las Entidades Financieras en el Banco Central del Paraguay, vigente a la fecha de la Resolución N° 7, Acta 53 del 17 de marzo de 1997, y que fuera registrada en una cuenta Transitoria, por el periodo comprendido entre el 17 de marzo de 1997 y la fecha regularización del sobregiro en los plazos señalados en la citada Resolución que será instrumentada mediante la suscripción de pagarés a la orden del Banco Central del Paraguay.
2°) Disponer que la cuenta transitoria sea imputada a "CUENTAS POR COBRAR", por el término que dure el proceso de regularización del saldo pendiente.
3°) Comunicar a quienes corresponda, publicar y archivar.
FDO: HUGO ELIGIO CABALLERO ORTIZ.- PRESIDENTE INTERINO.-
DIONISIO A. CORONEL BENITEZ – ALVARO CABALLERO CARRIZOSA.- MIEMBROS.-
LUIS E. BRUN ZUCOLILLO.- SECRETARIO INTERINO DEL DIRECTORIO