CIRCULAR SB.SG. N° 137/99
Asunción, 12 de abril de 1999.
Señores:
CASAS DE CAMBIO
Presente
De mi consideración:
A fin de uniformar los procedimientos para el cálculo de las posiciones de sobre compra diaria en moneda extranjera, se recuerda que el Patrimonio Neto considerado a dicho efecto es el correspondiente al cierre del mes inmediato anterior. Dicho Patrimonio es el obtenido a partir de los estados contables presentados y aprobados por el sistema Planinfo de esta Superintendencia de Bancos.
Igualmente se recuerda que para el cómputo del Patrimonio Neto permanece vigente lo previsto en el artículo 2° de la Resolución N° 6 Acta N° 77 de fecha 29/04/98 del Directorio del Banco Central del Paraguay, debiendo ser la remisión de las informaciones en tiempo oportuno, conforme lo establecido en la Circular SB.SG. N° 136/98 de fecha 11/06/98.
Atentamente,
ANGEL GABRIEL GONZALEZ CACERES
Superintendente de Bancos