CIRCULAR SB.SG.N° 00163/2004
Asunción, 22 de abril de 20004
BANCOS, FINANCIERAS Y SAPVS
Con relación a los rubros
informados por las Entidades del Sistema Financiero, a la Unidad Central de
Riesgos, se recuerda que deben incluir los saldos de las operaciones
correspondientes a la cuenta contable “Colocaciones – Otras Instituciones
Financieras” (Bancos del Exterior, Casa Matriz, Corresponsales, etc.).
Asimismo, al no remitir dichas
informaciones a la superintendencia de Bancos estarán incurriendo en una falta
tipificada con grave en el artículo 89 de la Ley N° 489/95.
RODRIGO ORTIZ FRUTOS
SUPERINTENDENCIA
DE BANCOS