RESOLUCION N° 609/96

QUE MODIFICA EL PLAN Y MANUAL DE CUENTAS APROBADO POR RESOLUCION No 13 DEL 16 DE MARZO DE 1994, DE LA PRESIDENCIA DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY.

Asunción,15 de noviembre de 1996

VISTO: Lo dispuesto en el Art. 4° de la Resolución No 13 del 16 de marzo de 1994 de la Presidencia del Banco Central del Paraguay, el Art. 34 de la Ley No 489/96 y el Memorando INP.DNP. N 582/96;

CONSIDERANDO: Que es necesario introducir modificaciones al Plan y Manual de cuentas citado más arriba a fin de incorporar nuevas cuentas para una mejor exposición de las mismas.

Por tanto, en uso de sus atribuciones:

EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS

RESUELVE

1º.- Modificar la descripción de la cuenta 031020 404001 Adelantos Irrevocable a Cuenta de Integraciones de Capital cuya hoja móvil se adjunta a la presente.

2º.- Habilitar la cuenta 021010 284000 Depósitos en Cuentas Corrientes con las siguientes subcuentas:

021010 284002 Bancos Oficiales del País

021010 284003 Casa Matriz en el Exterior

021010 284004 Bancos Privados del País

021010 284005 Dependencias en el Exterior

021010 284006 Empresas Financieras en el País

021010 284007 Bancos en el Exterior

021010 284008 Otras Empresas de (intermediación Financiera en el País

021010 284009 Otras Instituciones Financieras en el Exterior

3°.- Habilitar las siguientes subcuentas para registrar los depósitos a plazo fijo vencidos que deben ser transferidos a estas subcuentas al día siguiente de su vencimiento o aquellos saldos que no generen cargos para la entidad:

022010 138004 Residentes - Sin Cargos Financieros

022010 138005 No Residentes - Sin Cargos Financieros

4º .- Aprobar las nuevas hojas móviles anexas que forman parte de ésta resolución y que son las siguientes:

Plan de Cuentas Manual de Cuentas

Pasivo Hoja 1 021010 284000

Pasivo Hoja 4 022010 138004/5

Patrim. Neto Hoja 5 034020 404001

5º.- Comunicar y archivar.

EDGAR A. LEGUIZAMON CARMONA

Superintendente de Bancos Interino

PASIVO 1

PLAN DE CUENTAS

20000 000000 PASIVO

21000 000000 OBLIGACIÓN POR INTERMED. FINANC. SECTOR FINANC..........................................2

21010 000000 DEPOSITO

21010 100000 BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY..............................................................................3

21010 100002 ASISTENCIA CREDITICIA

21010 100004 FONDOS ADMINISTRADOS

21010 100006 OBLIG.POR PRES.ADMINS.POR BCP-ORG.INTER.-OPERAC.NOREAJUSTABlE

21010 100008 OBLIG. POR PREST.ADMINIS. POR BCP.0RG..INTER.- OPERAC. REAJUSTABLES

21010 100010 OBLIGACIONES POR CONVENIOS DE PAGOS Y CREDITOSRECIPROCOS

21010 100012 OBLIG.POR PRES ADMINIS.POR BCP-OTROS CONVENIOS OPERACIONES REAJUSTAB.

21010 100014 OBLIG.POR PRES AOMINIS.POR BCP.0TROS CONVENIOS OPERACIONES REAJUSTABLES

21010 100016 OTRAS OBLIGACIONES

21010 102000 DEPOSITOS A LA VISTA DE OTRAS INSTITUCION.FINANC. ....... ................... 4

21010 102002 BANCOS OFICIALES DEL PAIS

21010 102003 CASA MATRIZ EN EL EXTERIOR

21010 102004 BANCOS PRIVADOS DEL PAIS

21010 102005 DEPENDENCIAS EN EL EXTERIOR

21010 102006 EMPRESAS FINANCIERAS EN EL PAIS

21010 102007 BANCOS EN EL EXTERIOR

21010 102008 OTRAS EMPRESAS DE INTERMEDIACION FINANCIERA

21010 102009 OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS EN EL EXTERIOR

21010 284000 DEPOSITOS EN CTAS. CTES. DE OTRAS INST. FINANCIERAS................... 4.1

21010 284002 BANCOS OFICIALES DEL PAIS

21010 284003 CASA MATRIZ EN EL EXTERIOR

21010 284004 BANCOS PRIVADOS DEL PAIS

21010 284005 DEPENDENCIAS EN EL EXTERIOR

21010 284006 EMPRESAS FINANCIERAS EN EL PAIS

21010 284007 BANCOS EN EL EXTERIOR

21010 284008 OTRAS EMPRESAS DE INTERMEOIACION FINANCIERA

21010 284009 OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS EN EL EXTERIOR

21010 104000 OTRAS INSTITUCION.FINANC.A PLAZO FIJO NO NO REAJUST................... 5

21010 104002 BANCOS OFICIALES DEL PAIS

21010 104003 CASA MATRIZ EN EL EXTERIOR

21010 104004 BANCOS PRIVADOS DEL PAIS

21010 104005 DEPENDENCIAS EN EL EXTERIOR

PASIVO 5

21040 000000 PRESTAMOS DE ENTIDADES FINANCIERAS

21040 390000 PRESTAMOS DE ENTIDADES FINANCIERAS...............22

21040 390002 PRESTAMOS DIRECTOS

21040 390004 REDESCUENTOS

21040 390006 SOBREGIROS EN CTA.CTE.

21080 000000 ACREEDORES POR CARGOS FINANCIEROS DEVENGADOS

21080 134000 ACREEDORES POR CARGOS FINANCIEROS DEVENGADOS·DEPOSITOS... 23

21080 134082 CARGOS FINANCIEROS DOCUMENTADOS - RESIDENTES

21080 134083 CARGOS FINANCIEROS DOCUMENTADOS - NO RESIDENTES

21080 134084 CARGOS FINANCIEROS NO DOCUMENT.DEVENGADOS-RESIDENTES

21080 134085 CARGOS FINANCIEROS NO DOCUMENT. DEVENGADOS-NO RESIDENTES

21080 134092 (CARGOS FINANCIEROS DOCUMENT.A DEVENGAR-RESIDENTES)

21080 134093 (CARGOS FINANCIEROS DOCUMENT.A DEVENGAR - NO RESIDENTES)

20000 000000 OBLlGAC.POR lNTERMED.FINANC.-SECTOR NO FINANC.

22010 000000 DEPOSITOS

22010 136000 CUENTAS CORRIENTES.................................................... 25

22010 136002 RESIDENTES

22010 136003 NO RESIDENTES

22010 138000 DEPOSITOS A LA VISTA................................................. 26

22010 138002 RESIDENTES

22010 138003 NO RESIDENTES

22010 138004 RESIDENTES SIN CARGOS FINANCIEROS

22010 138005 NO RESIDENT ES - SIN CARGOS FINANCIEROS

22010 140001 ACREEDORES POR DOCUMENTACION PARA COMPENSAR........................ . 27

22010 142000 DEPOSITOS A LA VISTA-DOCUMENT.PENDIENT.DE CONFIRMAC.............. 28

22010 142002 RESIDENTES

22010 142003 NO RESIDENTES

22010 144000 ADMINISTRACION POR CUENTA DE TERCEROS............................................. 29

22010 144002 RESIDENTES

21010 144003 NO RESIDENTES

22010 146000 GIROS Y TRANSFERENCIASA PAGAR.................................................................. 30

22010 146002 RESIDENTES

22010 146003 NO RESIDENTES

Vigencia: 15/11/96

MANUAL DE CUENTAS

0

 

2

 

1

 

0

 

1

 

0

2

 

8

 

4

 

0

 

0

 

0

CAPITULO: OBLIGACIONES POR INTERMEDIACION FINANCIERA – SECTOR FINANCIERO

Grupo: Depósitos

Cuenta: Depósitos en Cuentas Corrientes de Otras Instituciones Financieras

Sub - Cuenta: 02 Bancos Oficiales del País

03 Casa Matriz en el Exterior

04 Bancos Privados del País

05 Dependencias en el Exterior

06 Empresas Financieras en el País

07 Bancos en el Exterior

08 Otras Emp. de Intermed. Financiera

09 Otras Instituciones Financieras en el Exte

Descripción: En esta cuenta se registra el total de los depósitos de otras instituciones financieras que se encuentren en la forma de cuentas corrientes.

Vigencia: 15/11/96 Pasivo 4.1

MANUAL DE CUENTAS

0 2 2 0 1 0

1 3 8 0 0 0

CAPITULO: OBLIGACIONES POR INTERMEDIACION FINANCIERA - SECTOR NO FINANCIERO

Grupo: Depósitos

Cuenta: Depósitos a la vista

Sub-Cuenta:

02 Residentes

03 No Residentes

04 Residentes - Sin Cargos Financieros

05 No residentes - Sin Cargos Financieros

Descripción: En esta cuenta se indican los depósitos constituidos por residentes y no residentes que se encuentran a su inmediata disposición. Los depósitos a plazo fijo que a la fecha de su vencimiento no se hubieran renovado automáticamente serán registrados en las sub-cuentas 04 y 05. En estas sub-cuentas también serán registradas las obligaciones que no generen cargos para la entidad.

Vigencia: 15/11/96 Pasivo 26

MANUAL DE CUENTAS

0 3 1 0 2 0

4 0 4 0 0 1

CAPITULO: PATRIMONIO

GRUPO: Aporte no Capitalizados

CUENTA: Adelantos irrevocables a Cuenta de Integraciones de Capital

Descripción: En esta cuenta se registran los recursos efectivamente aportados irrevocablemente con el objeto de capitalizar la empresa.

Los bancos y empresas financieras nacionales, organizadas en forma de sociedades anónimas, podrán computar las sumas recibidas y los dividendos a pagar destinados a la integración de capital. El saldo de esta cuenta deberá transferirse a la cuenta "Capital Integrado" una vez emitida las acciones conforme a las leyes vigentes. Las sumas destinadas a Dividendo, deben provenir de utilidades declaradas como tales conforme a las Ley Nº 861/96. No se admitirá ningún otro procedimiento de integración o aporte de capital, sin la expresa autorización de la Superintendencia de Bancos.

Las dependencias de Empresas Financieras en el exterior podrán computar toda radicación efectiva de capital asignado por su casa matriz, siempre que el aumento de dicho capital haya sido formalmente resuelto por las autoridades competentes de dicha casa matriz.

Vigencia: 05/11/96 Patrimonio 5