RESOLUCION SB.SG. Nº 584/98
Asunción, 2 de diciembre de 1998
VISTO: El artículo 34º de la Ley Nº 489/95 "Orgánica del Banco Central del Paraguay", y el Artículo 4º de la Resolución Nº 13 de fecha 16 de marzo de 1994 de la Presidencia del Banco Central del Paraguay que faculta a la Superintendencia de Bancos a modificar el Plan y Manual de Cuentas, la Resolución Nº 003/97 del 02-01-97, la Resolución Nº 8, Acta Nº 252 del 30-12-96 y el Memorándum SB.IAFN.DNP.Nº 1425/98 del 1º de diciembre de 1998, y
CONSIDERANDO: La necesidad de actualizar y compatibilizar la contabilización de los créditos conforme a la norma que rige para la Clasificación de Riesgos Crediticios:
Por tanto en uso de sus atribuciones
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS
RESUELVE
1º) Modificar el artículo 3º de la Resolución Nº 003 de fecha 2 de enero de 1997, el cual queda redactado de la siguiente manera:
"3º Reemplazar la denominación de la Sub-cuenta con código 14010 169004 que pasa a denominarse CREDITOS RENOVADOS"
2º) Habilitar las siguientes Sub cuentas.
3º) Modificar las hojas móviles de las cuentas afectadas por lo dispuesto en los artículos precedentes.
4º) Comunicar y archivar
ANGEL GABRIEL CONZALEZ CACERES
Superintendente de Bancos