RESOLUCION SB. SG. Nº 00016/2001
Asunción, 26 de enero de 2001
VISTOS : Los Artículos 40º, 73º y 68º de la Ley Nº 861/96 "General de Bancos, Financieras y Otras Entidades de Crédito", el Art. 34º de la Ley Nº 489/95 "Orgánica del BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY", el Art. 4º de la Resolución Nº 13 de fecha 16 de marzo de 1994 que faculta a la Superintendencia de Bancos a modificar el Plan y Manual de Cuentas, los Memorandos SB.IAFN.DNP.Nº 0618/99, 0689 y 0257 de fecha 6 de agosto, 10 de setiembre de 1999 y 1 de setiembre de 2000 respectivamente; y
CONSIDERANDO : La necesidad de introducir modificaciones al Plan y Manual de Cuentas citado precedentemente con el objeto de incluir cuentas acordes a nuevas operaciones y de esa manera lograr una mejor exposición de las mismas;
Por tanto, en uso de sus atribuciones,
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS
RESUELVE:
1°) Dejar sin efecto las Resoluciones SB. SG. N° 0464 y 465 de fecha 25 de octubre de 1999.
2°) Modificar la denominación del Capítulo 012000 000000 "VALORES PUBLICOS" por la de "VALORES PUBLICOS Y PRIVADOS".
3°) Habilitar el Grupo 012020 000000 "Valores Privados" y la Cuenta 012020 409000 "Inversiones Temporales", con las siguientes subcuentas:
02 Valores de Renta Fija de Sociedades Privadas del País
03 Valores de Renta Fija de Sociedades Privadas del Exterior
04 Valores de Renta Variable de Sociedades Privadas del País
05 Valores de Renta Variable de Sociedades Privadas del Exterior
4°) Modificar la denominación de la Cuenta 012080 127000 por la de "Renta de Valores Mobiliarios Públicos" y habilitar la Cuenta 012080 411000 "Renta de Valores Mobiliarios Privados", con las siguientes subcuentas:
82 Rentas de Valores de Rta. Fija de Sociedades Privadas del País
83 Rentas de Valores de Rta. Fija de Sociedades Privadas del Ext.
5°) Modificar la denominación de la Cuenta 017020 295000 por la de "Inversiones en Títulos Valores Emitidos por el Sector Privado–Renta Fija" y habilitar la Cuenta 017020 413000 "Inversiones en Títulos Valores Emitidos por el Sector Privado–Renta Variable", con las siguientes subcuentas:
6°) Habilitar el Grupo 017080 000000 "Rentas sobre Inversiones en el Sector Privado" y la Cuenta 017080 415000 "Rentas sobre Títulos de Renta Fija de Sociedades Privadas", con las siguientes subcuentas::
82 Rentas s/Títulos de Renta Fija de Sociedades Privadas del País
83 Rentas s/Títulos de Renta Fija de Sociedades Privadas del Exterior
7°) Modificar la denominación del Grupo 61070 000000 por la de "Rentas y Diferencias de Cotización de Valores Públicos y Privados".
8°) Habilitar la Cuenta 61070 846000 "Rentas y Diferencias De Cotización de Valores Privados", con las siguientes sub-cuentas:
02 Rentas de Valores de Renta Fija de Sociedades Privadas del País
03 Rentas de Valores de Renta Fija de Sociedades Privadas del Exterior
04 Diferencias de Cotización de Valores de Renta Fija de Sociedades Privadas del País
05 Diferencias de Cotización de Valores de Renta Fija de Sociedades Privadas del Ext.
06 Diferencias de Cotización de Valores de Renta Variable de Soc. Privadas del País
07 Diferencias de Cotización de Valores de Renta Variable de Soc. Privadas del Exterior
9º) Modificar la denominación del Grupo 71060 000000 por la de "Diferencias de Cotización de Valores Públicos y Privados".
10°) Habilitar la Cuenta 71060 799000 "Diferencias de Cotización de Valores Privados", con las siguientes subcuentas:
02 Diferencias de Cotización de Valores de Renta Fija de Soc. Privadas del País
03 Diferencias de Cotización de Valores de Renta Fija de Soc. Privadas del Ext.
04 Diferencias de Cotizac. de Valores de Renta Variable de Soc. Privadas del País
05 Diferencias de Cotizac. de Valores de Renta Variable de Soc. Privadas del Ext.
11°) Las Entidades Financieras prestarán especial atención a lo dispuesto en las NIC 30, en el sentido de revelar las políticas contables sobre la valuación de las inversiones, para que las bases sobre las cuales se preparan los estados financieros de la entidad sean comprendidas cabalmente.
12°) Adjuntar a la presente Resolución las hojas móviles respectivas.
13°) Comunicar a quienes corresponda y archivar.
CARLOS JOSE PECCI DIAZ DE BEDOYA
SUPERINTENDENTE DE BANCOS