Otorgantes de Créditos

Otorgantes de Créditos

El Banco Central del Paraguay le da la más cordial bienvenida.

Por Resolución N° 7, Acta N° 78 de fecha 13 de noviembre de 2019, el Directorio del Banco Central del Paraguay ha decidido incluir como sujetos de la Ley N° 861/96 “General de Bancos, Financieras y Otras Entidades de Crédito” y su modificatoria, Ley N° 5787/16 “De Modernización y Fortalecimiento de las Normas que regulan el funcionamiento del Sistema Financiero Paraguayo” a las personas físicas y/o jurídicas que en forma habitual concedan préstamos dinerarios, y creó el “Registro de Otorgantes de Crédito Dinerario / Casas de Crédito”.

A dicho efecto, las personas/entidades afectadas por la mencionada disposición, deberán proceder a registrarse haciendo clic en los vínculos abajo habilitados y remitir los archivos solicitados.

Por Resolución N° 4, Acta N° 25 de fecha 16 de abril de 2020, el plazo de Registro se extendió hasta el 31.03.2021

Con el inicio de las gestiones de inscripción hasta el 31.03.2021, se entenderá por cumplida la condición para seguir ejerciendo las actividades mencionadas en el artículo 1° de la Resolución N° 7, Acta N° 78 del Directorio del Banco Central del Paraguay, de fecha 13 de noviembre de 2019.

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