Banco Central actualiza reglamento de transparencia y criterios para comisiones, gastos y penalidades del sector financiero
04 de septiembre, 2025El Banco Central del Paraguay (BCP) informa que, en el marco del proceso de mejora continua de la regulación conforme a la evolución y desarrollo del mercado, ha actualizado el Reglamento de Transparencia y Criterios Mínimos para el Cobro de Comisiones, Gastos y Penalidades en el Sector Financiero.
El mencionado reglamento, que fue emitido por primera vez en el año 2015 y modificado en los años 2016, 2019 y 2024, tiene por objeto establecer normas de transparencia informativa relacionadas a las exigencias mínimas y los criterios que deberán cumplir las entidades supervisadas para el cobro de las comisiones, gastos y penalidades asociados a los productos ofertados por las mismas.
En ese sentido, los cambios introducidos en esta nueva versión apuntan principalmente a reglar los principios básicos del servicio de débito automático, destacándose la incorporación de dos conceptos: i) la prohibición de incluir cláusulas de irrevocabilidad de los débitos automáticos y; ii) la posibilidad de que el cliente pueda solicitar la suspensión o revocación del débito automático en cualquier momento.
Adicionalmente, la nueva versión incorpora dos requisitos que apuntan a la protección del usuario financiero: i) la obligación para las entidades supervisadas de consignar un número identificador único de operación en las operaciones de crédito, el cual debe figurar en todos los documentos vinculados a la operación, inclusive en los pagarés y; ii) la obligación de que las entidades supervisadas establezcan mecanismos de cancelación de documentos originadores de la operación (pagarés), una vez liquidada la operación de crédito.
Con este ajuste del marco normativo vigente, el Banco Central fortalece la transparencia y la protección al usuario financiero en Paraguay.
El texto completo del Reglamento puede consultarse en el sitio oficial del BCP: Resolución N°1, Acta N°36 de fecha 02.09.25.