BCP establece reglamento tarifario para fortalecer la transparencia y la competencia en el Sistema Nacional de Pagos

14 de July, 2026

El Banco Central del Paraguay (BCP) aprobó el reglamento tarifario para los servicios de pago, una medida clave para transparentar costos, ordenar el mercado y brindar mayor protección a comercios, usuarios y participantes del Sistema Nacional de Pagos.

Según el informe del equipo técnico de la banca matriz que se adjunta a la presente gacetilla, la ausencia de un régimen tarifario integral genera asimetrías de información, baja comparabilidad de costos, riesgos de cobros ambiguos o duplicados y posibles distorsiones competitivas entre servicios de pago funcionalmente similares.

La medida se enmarca en la Ley N.º 7.503/2025, “Sistema Nacional de Pagos”, y en la Ley N.º 5.476/2015, estableciendo reglas de transparencia informativa, denominaciones autorizadas de cargos y topes tarifarios para comisiones, gastos y penalidades vinculadas a servicios de pago, y respondiendo a la necesidad de contar con un régimen integral que reduzca las asimetrías observadas, facilite la comparación de tarifas y promueva una competencia más justa entre servicios de pago funcionalmente similares.

El nuevo marco alcanza a participantes y proveedores que operan servicios cursados por el Sistema de Pagos del Paraguay (SIPAP), adquirencia, redes y procesamiento de tarjetas, sistemas propietarios y otros servicios de pago autorizados.

Entre los principales topes tarifarios se destacan:

-Proveedores de Servicios de Inicio de Pagos (PISP), Solicitud de Pago, Débitos Directos/Domiciliación y transferencias interbancarias en sistemas propietarios: hasta 1,5% del monto de la operación, IVA incluido.

-Participante Patrocinador: hasta 1% del monto de la operación, con un máximo de ₲ 5.500.

Asimismo, la regulación dispone que los pagos iniciados mediante QR que utilicen como mecanismo subyacente transferencias de crédito, independientemente de que operen sobre infraestructuras públicas o privadas, estarán sujetos a una comisión máxima del 1,5 % del monto de la operación, IVA incluido.  

Esto garantiza condiciones igualitarias para servicios comparables y favorece un entorno competitivo en beneficio de comercios y usuarios finales.

La transparencia es el eje central del reglamento: los proveedores deberán publicar tarifarios actualizados, informar con claridad comisiones, gastos y penalidades, justificar técnicamente los cargos y asegurar que cada cobro sea verificable y corresponda a un servicio real.

Con esta decisión, el BCP da un paso decisivo hacia un ecosistema de pagos más transparente, competitivo, eficiente e inclusivo, en beneficio de la ciudadanía, los comercios y la innovación financiera del país. 

Informe técnico: Norma Reglamentaria que establece el Tarifario del Sistema Nacional de Pagos.

Resolución N° 7, Acta N° 31 de fecha 13.07.26. Banco Central del Paraguay – Determinación de los proveedores de servicios de pago sujetos a regulación, control, supervisión y vigilancia del Banco Central del Paraguay en el marco de la Ley del Sistema Nacional de Pagos.

Resolución N° 8, Acta N° 31 de fecha 13.07.26. Norma reglamentaria que establece el tarifario de los servicios del Sistema Nacional de Pagos.