Superintendencia de Bancos concluyó certificación de ahorristas de ARA S.A. de Finanzas

22 de mayo, 2015

Los interventores de la Superintendencia de Bancos, asignados al proceso de resolución de la entidad ARA S.A. DE FINANZAS, han comunicado que la totalidad de los depósitos representados en certificados de depósitos (CDA) de ahorro han sido cotejados, luego de la extensión del plazo para la verificación de las acreencias de ahorristas. Asimismo, los saldos de estos CDA, en forma conjunta a los depósitos a la vista verificados, representan el 97% de los depósitos.  

Estado / Montos

    (Guaraníes)

         CDA

        Vista

       Total

       Verificado

     245.257.883.832

     14.985.977.146

     260.243.860.978

        Pendiente

                  0

        9.354.973.872

          9.354.973.872

    Total General

245.257.883.832

24.340.951.018

269.598.834.850

 

 

     Porcentajes

          Verificado

             100%

             62%

             97%

 

El restante 3% del saldo de depósitos corresponden cuentas a la vista con saldos menores, situación similar a lo acontecido en las experiencias de resolución de entidades financieras, tanto locales como internacionales. 

Cantidad depósitos a la vista pendientes de verificación

Tramo de saldo

Cantidad de depositantes

% Acumulado

    <= G.100.000

                 1.552

            72%

          Total

                  2.116

          100%

 

La convocatoria a los depositantes de la entidad se realizó con el propósito de verificar la integridad de las acreencias y consistió en la comparación de documentos presentados por los depositantes con el inventario de pasivos existente en la entidad a la fecha de inicio del proceso de resolución.

Transferencia de activos

Conforme a lo establecido en la Ley N° 2334/03, a fin de transferir los fondos de la entidad en resolución dentro del plazo mencionado, inmediatamente se invitará a las demás instituciones solventes del sistema financiero a un proceso abierto y competitivo para la transferencia de los activos y depósitos, buscando optar por la oferta más ventajosa. La negociación lo realizarán los interventores designados por el BCP.

De concretarse la transferencia de activos y pasivos a otra entidad, el dinero estará disponible en la nueva entidad, para su devolución mediante nuevos acuerdos de plazos, tasas y condiciones que serán libremente pactados, o su pago en efectivo, o combinación de ambas modalidades.

Protección de los ahorros

El Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) fue creado por Ley Nº 2.334/03 “DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS Y RESOLUCIÓN DE ENTIDADES DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA SUJETOS DE LA LEY GENERAL DE BANCOS, FINANCIERAS Y OTRAS ENTIDADES DE CRÉDITO”, promulgada el 12 de diciembre de 2003. 

El FGD es un régimen explícito, limitado, obligatorio y oneroso constituido con financiamiento público y privado, para proteger parcialmente el ahorro del público, en las entidades financieras privadas autorizadas a operar por el Banco Central del Paraguay.

El FGD es administrado por el Banco Central del Paraguay, y sus recursos provienen exclusivamente de los aportes obligatorios efectuados por la instituciones financieras supervisadas por el Banco Central del Paraguay y  sus recursos no forman parte del patrimonio de la institución, por lo tanto, posee contabilidad separada y debidamente auditada anualmente conforme a su normativas vigentes.  Cabe mencionar igualmente, que forma parte de la red de seguridad financiera y su objetivo es mantener la confianza del público en el sistema financiero coadyuvando de esta manera a la estabilidad financiera.